Endoso

La notificación del acuerdo de cesión de los derechos de cobro, endoso, se realizará mediante una de estas dos formulas:

1.- Presentación del documento (acuerdo de cesión) en el registro general, indicando datos del crédito a endosar, cuenta bancaria a la que transferir la deuda y aceptación expresa del endosatario.

2.- Mediante inserción del acuerdo al dorso de la factura “original” (nunca en las copias) según el modelo que figura en el Anexo mostrado más abajo.

La diligencia de toma de razón del endoso de ser precisa, se retirará por el interesado o persona autorizada en las dependencias de la intervención, o bien si lo solicita, se remitirá por correo a la dirección que indique.

ANEXO

• En el anverso de la factura: Se indicará con tinta especial que resalte, que la misma está endosada.

• En el reverso de la factura: Se insertará el acuerdo de cesión con el contenido del siguiente fichero adjunto:

Enlaces